SORTEO MUNDIAL
Términos y condiciones
1. Nobs S.A., CUIT 30-71221568-9, con domicilio en la calle Monroe 3307, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dominio web www.res.com.ar (el “Organizador”), realiza la promoción llamada “Sorteo Mundial” (la “Promoción”), que tendrá vigencia en la República Argentina (el “Territorio”) del 15/05/2026 al 14/06/2026 (la “Vigencia de la Promoción”), la cual quedará sujeta a las siguientes bases, términos y condiciones (las “Bases”).
2. La participación en el Sorteo atribuye la condición de participante única y exclusivamente en la medida en que se cumplan las condiciones establecidas en las Bases, y la participación implica la aceptación plena e incondicional de las mismas.
3. Podrán participar del Sorteo Mundial todas las personas físicas habitantes de la República Argentina mayores de 18 años (los “Participantes”). No serán considerados Participantes y no podrán participar en la Promoción las personas físicas menores de 18 años, las personas jurídicas, personas físicas domiciliadas fuera del Territorio, el personal del Organizador y el personal de las agencias publicitarias involucradas en esta Promoción, y el personal por éstos contratado para seguridad y limpieza, sus cónyuges y/o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad, ni los ex empleados que se hubieran desvinculado de las mismas dentro de los treinta (30) días corridos anteriores a la fecha del comienzo de la Promoción, ni sus cónyuges y/o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, inclusive. La falta de veracidad de los datos provistos o el incumplimiento a estas Bases descalificará del Sorteo Mundial y hará perder todo derecho a los premios a los participantes que incumplan.
4. No hay obligación de compra para participar o ganar en esta Promoción. La registración en Club RES no implica obligación de compra ni tampoco implica la participación automática en la Promoción.
5. Podrán participar por el Premio que se indica en el apartado 6 de las presentes Bases todos los Participantes que cumplan con la totalidad de los requisitos de la presente Promoción durante la Vigencia de la Promoción detallados a continuación. Los Participantes que se encuentren debidamente registrados en Club RES estarán participando automáticamente cuando efectúen una o más compras iguales o superiores a pesos diez mil ($10.000) en cualquiera de las carnicerías RES o desde su página web (www.res.com.ar ), de conformidad con las presentes Bases, pudiendo solicitar expresamente no participar de la Promoción. Al momento de efectuar el pago de la o las compras, los Participantes adheridos al Club RES tienen a su cargo la obligación de informarlo en caja, de modo que la emisión del ticket acredite su adhesión activa a Club RES y la compra de productos en carnicerías RES adheridas a la Promoción cuando la adhesión a Club RES se encuentre activa implique el registro y la participación automática de los Participantes en la Promoción. En oportunidad de la compra, los Participantes estarán participando automáticamente de la Promoción cuando la misma sea por un monto igual o superior a pesos argentinos diez mil ($10.000), y sumará una (1) posibilidad de resultar ganador de la Promoción por cada pesos argentinos diez mil ($10.000) en cada compra (a modo ejemplificativo, una compra de $9.999,99 otorgar cero chances, una compra de $10.000 otorgar una chance, una compra de $19.999,99 otorga una chance, una compra de $20.000 otorga dos chances) (“Chance”). El Organizador asignará un número de participación en la Promoción por cada Chance que acumulen los Participantes que reúnen los requisitos para participar de estas Bases. Asimismo, quienes lo deseen, podrán participar libremente y en igualdad de condiciones como todos los Participantes, sumando una (1) Chance, cuando envíen durante la Vigencia de la Promoción un dibujo del logo de RES a la casilla de mail: [email protected], detallando sus datos personales: nombre, apellido, DNI, número de teléfono y casilla de correo electrónico.
6. Premio: El premio consiste en: pasajes de avión ida y vuelta para dos (2) personas -el Participante que resulte ganador del Premio y la persona que el Participante ganador designe como su acompañante-, partiendo desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza con destino a Dallas, Texas, en Estados Unidos, en clase turista, con un (1) equipaje de hasta 23 kilogramos incluido; dos (2) entradas oficiales para el partido de la Copa Mundial FIFA 2026 entre Argentina y Jordania que será disputado el día 27 de Junio de 2026 en el Estadio Dallas Stadium (AT&T Stadium) de la ciudad de Dallas, asientos contiguos categoría 2; estadía durante 2 noches en un hotel 3 estrellas, a determinar por el Organizador, en una habitación categoría Doble en la ciudad de Dallas; cobertura de asistencia médica internacional para las dos (2) personas que viajan contratados con la empresa Assist Card con el plan Monto máximo USD 150.000 desde el día 25/06/2026 hasta el día 28/06/2026; traslados para dos (2) personas en la ciudad de Dallas, desde y hacia el estadio Dallas Stadium (AT&T Stadium) el día del partido Argentina Vs. Jordania (el “Premio”). Solo habrá un (1) Participante ganador. El Participante que resulte ganador del sorteo y su acompañante tienen la obligación de contar con pasaporte y visa estadounidense vigentes al momento de que sea designado el Ganador (conforme se define más adelante), y deben encontrarse en condiciones físicas de viajar y disponer del Premio. El Organizador no se responsabiliza en caso de que el Ganador de la Promoción y/o su acompañante designado no cuenten con la documentación necesaria o con las condiciones necesarias para hacer uso del Premio, y tampoco se responsabiliza por eventuales restricciones migratorias en relación con el Premio y/o por acciones de terceros que restrinjan o afecten la efectiva utilización del Premio. En el caso de reprogramaciones en relación con el Premio (vuelos, hoteles, partido, etc.), el Organizador hará sus mayores esfuerzos para permitir que el Ganador y su acompañante hagan uso y goce del Premio, sin que ello implique responsabilidad alguna para el Organizador por eventos de caso fortuito o fuerza mayor cuya responsabilidad no resulte atribuible al Organizador.
7. El Premio no incluirá ningún otro pago, prestación, bien o servicio distinto de aquello indicado expresamente en las presentes Bases, siendo intransferible y el Ganador tiene prohibido cederlo. La sustitución del Premio por el Ganador está prohibida. El Premio no puede ser canjeado por dinero en efectivo ni por ningún otro bien ni cualquier otra prestación distinta de las previstas en estas Bases. Todos los costos que se deriven de la participación o de la obtención o asignación y retiro del Premio, así como también todo impuesto, tasa, contribución, arancel o suma de dinero que deba actualmente abonarse con motivo de la organización o difusión de la Promoción al Estado Nacional, sociedades del estado y/o provincias y/o municipalidades y/o Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o que se imponga en el futuro sobre el Premio o con motivo de la organización o difusión de la Promoción, como así también los gastos, sin limitación, de traslado y estadía en que incurra cuando concurra a reclamar la asignación o a retirar o a utilizar el Premio, como cualquier otro que no esté incluido en el Premio, estarán a exclusivo cargo del Participante ganador de la Promoción.
8. Sorteo: El sorteo del Premio se llevará a cabo el día 16/06/26 a través de una plataforma virtual de sorteos con la presencia de un Escribano Publico, en el cual se elegirá al azar un (1) Participante quien, siempre que haya cumplido correctamente con los requisitos de participación establecidos en las presentes Bases para la Promoción, será potencial ganador del Premio (el “Potencial Ganador del Premio”). Al momento del sorteo se labrará el acta notarial respectiva en la cual se procederá a individualizar al Potencial Ganador del Premio que resultó elegido al azar. Asimismo, se designarán cuatro (4) Participantes ganadores sustitutos, en orden numérico.
9. En caso de que la fecha del sorteo sufra modificaciones por casos fortuitos o por fuerza mayor no imputables al Organizador será suficiente la sola comunicación oportuna por los canales de comunicación habituales con cinco (5) días de anticipación a la fecha de sorteo ordinario.
10. El Potencial Ganador del Premio será notificado a través de su casilla de correo electrónico y/o de su número telefónico conforme los datos proporcionados al momento de su adhesión a Club RES, de modo que los datos deben ser completos y veraces bajo apercibimiento de dar por decaído el potencial derecho a la asignación del Premio. Asimismo, el Potencial Ganador del Premio será notificado por el Organizador de su condición de tal en la página web del Organizador, indicándole que se deberá presentar el día 17/06/2026 en las oficinas de NOBS S.A., las cuales se encuentra en Av. de los Constituyentes 2985, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a firmar una autorización de uso de imagen y a participar por la asignación definitiva del Premio y, como condición para su asignación, munido de su documento nacional de identidad.
11. La asignación definitiva de cada Premio se encuentra supeditada a la obtención de respuesta por parte del Potencial Ganador del Premio dentro de las veinticuatro (24) horas corridas de que reciba la notificación indicada en el punto precedente. Es asimismo condición para la asignación del Premio que el Potencial Ganador del Premio entregue una fotocopia de las dos primeras hojas de su documento nacional de identidad y de su pasaporte en caso de encontrarse vigente, así como de su acompañante, que una vez designado por el Participante no podrá ser modificado. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones hará perder al Potencial Ganador del Premio el derecho a la asignación del Premio, sin derecho a reclamo alguno.
12. A partir de la asignación definitiva del Premio, el Potencial Ganador del Premio resultará en ganador del Premio (el “Ganador”). El Premio será entregado al Ganador por el Organizador en la calle Av. de los Constituyentes 2985, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 22/06/2026.
13. En caso de que el Potencial Ganador del Premio no se presente a recibir el Premio en el plazo establecido en el punto 11 o no acepte el Premio, se designará como nuevo Potencial Ganador del Precio al primer Participante ganador sustituto que hubiera salido sorteado conforme fue detallado en el apartado 8, y no de comparecer, se procederá con el siguiente sustituto, hasta contar efectivamente con un Ganador. Caso contrario, el Organizador podrá llevar a cabo un nuevo sorteo sujeto a las presentes Bases.
14. Finalizada la Vigencia de la Promoción, si el Premio no resulta asignado por cualquier causa ajena al Organizador, o habiendo sido asignado no hubiera sido reclamado, quedará en propiedad y a disposición del Organizador.
15. El Organizador promueve el respeto entre todos los Participantes y los miembros de la comunidad social digital, por ello se reserva el derecho de remover cualquier material que pudiere resultar abusivo, difamatorio u obsceno; fraudulento, violatorio de derechos de terceros de propiedad intelectual, violatorio de leyes o regulaciones, de contenido religioso o político, que haga referencia a página web de terceros, o que de cualquier otro modo resulte ofensivo o contrario a la moral y buenas costumbres o discriminatorio.
16. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Potencial Ganador, el Ganador, sus acompañantes o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación en la Promoción y/o con motivo o en ocasión del retiro y/o asignación del Premio.
17. El nombre completo del Ganador será publicado en el sitio web del Organizador.
18. El Organizador podrá ampliar la cantidad de premios y/o la Vigencia de la Promoción, ello conforme la normativa vigente. Cuando circunstancias no imputables al Organizador ni previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar esta Promoción, supuesto en el cual los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno, siempre conforme la normativa vigente. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción, respetándose la normativa vigente. La participación en la Promoción no implica obligación de compra alguna.
19. El Potencial Ganador como condición para tener derecho a la asignación al Premio, además de lo expresado en los puntos anteriores, autorizará al Organizador a utilizar sus voces, imágenes y datos personales, con fines promocionales, en los medios y formas que el Organizador disponga, durante la Vigencia de la Promoción y hasta transcurrido un (1) año de finalizada la Promoción. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 53 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3, inc. h) de la Ley N° 22.362, de los artículos 5 y 6 de la Ley 25.326 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, el Potencial Ganador y/o el Ganador no tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización de su imagen mencionada precedentemente.
20. Los datos de los Participantes serán incluidos en una base de datos del Organizador, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. Finalizada la Promoción y adjudicado el Premio, la base de datos personales correspondiente a la Promoción será destruida sin perjuicio de que el Organizador mantendrá aquellos datos que sean necesarios para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones. Durante la Vigencia de la Promoción y hasta el momento de la destrucción de la base de datos personales, el titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. Al momento de facilitar al Organizador sus datos personales, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos personales puedan ser utilizados por el Organizador con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente (Artículo 27, inciso 3, Ley 25.326), comunicándose por email a [email protected].
21. El Organizador no será responsable por fallas en la red de telecomunicaciones, desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo de la Promoción.
22. La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases y de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas. El Organizador tendrá derecho a definir, establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes Bases, sin afectar la esencia de la Promoción, decisiones que serán inapelables y los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno, aclarándose que cualquiera de las mencionadas circunstancias, modificaciones y decisiones serán ajustadas a la legislación vigente.
23. Estas Bases podrán consultarse en el Sitio https://www.res.com.ar/bases-sorteo-mundial
24. La presente Promoción será difundida en el Sitio www.res.com.ar , así como también en las redes sociales del Organizador.